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AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UNIÓN EUROPEA

La “Autorización de Residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea” se ha establecido en virtud del derecho a la reagrupación familiar.

Gracias a ésta, familiares del ciudadano comunitario residente en España podrán obtener su residencia en territorio español.

A estos efectos, se considera ciudadano comunitario a toda persona que sea nacional de un estado miembro de la Unión Europea u otro Estado parte del Acuerdo Económico Europeo, tal residencia puede ser de tipo lucrativo o no lucrativo, incluso en calidad de estudiante.

Para obtener una resolución favorable, es indispensable que el ciudadano comunitario cuente con los medios económicos necesarios para la manutención del interesado.

Ahora bien, el grado de parentesco entre el familiar comunitario y la persona solicitante ha de estar catalogado en alguno de los siguientes…

Casos:

a) Cuando el comunitario es estudiante:

  • Cónyuge.
  • Pareja registrada en un Estado miembro de la Unión o del Espacio Económico Europeo.
  • Hijo del ciudadano comunitario o de su pareja registrada.
  • Familiar/es que estén a cargo o convivan (acreditable mínimo por 24 meses continuados) con el ciudadano comunitario en el país de procedencia.
  • Pareja no registrada, pero con vínculo duradero (acreditar mínimo 1 año de convivencia o la existencia de un descendiente común (hijo/a)).

b) Si el comunitario es trabajador por cuenta ajena/propia o persona con residencia no lucrativa dada su solvencia económica:

Adicionalmente a los nombrados en el apartado anterior, también podrán presentar esta solicitud…

  • Ascendientes directos del ciudadano comunitario, su cónyuge o pareja registrada.
  • Cualquier familiar siempre que sea necesario, por motivos graves de salud o discapacidad, dejar su cuidado personal a cargo del ciudadano comunitario.

Visto lo anterior, seguro estarás preguntándote…

¿Cómo podemos ayudarte a obtenerla?

En CIVIS LEX Abogados, encontrarás profesionales altamente cualificados para adelantar el procedimiento que te permita obtener tu “Autorización de Residencia de familiar de ciudadano de la Unión”, entre muchos más en el área jurídica de EXTRANJERÍA.

Estaremos encantados de:

  • Asesorarte jurídicamente.
  • Agendar tu cita previa.
  • Organizar tu expediente.
  • Efectuar el pago de las tasas correspondientes, en la entidad bancaria (si procede).
  • Contestar los requerimientos que en virtud del procedimiento se te hagan.
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En Civis Lex Abogados puedes hacer un seguimiento online de tu expediente. Entendemos que ser específicos y ofrecer la mayor claridad posible en los temas de extranjería es fundamental para conseguir un servicio eficiente. Con nosotros puedes contratar el servicio de videoconferencia para cualquier consulta, incluso desde el extranjero, en la comodidad de tu hogar o trabajo, si lo deseas puedes reservar ya tu cita:

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