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3- Ajustar la base de cotización provisional si los rendimientos cambian

¿Qué pasa si a lo largo de un periodo los ingresos cambian?

Ajuste base de cotización, el autónomo puede variar su base de cotización y, por tanto, su cuota a lo largo del año para adaptarla a los rendimientos que vaya obteniendo.
Las nuevas bases seguirán siendo provisionales hasta su regularización por parte de la TGSS.
El nuevo sistema de cotización ofrece mayor flexibilidad al permitir 6 cambios anuales de base, y como consecuencia también de cuota, en lugar de los 4 anteriores:

01- Solicitud:

Del 01 de enero a finales de febrero, sus efectos son a partir del 01 de marzo.

02- Solicitud:

Del 01 de marzo a 30 de abril, sus efectos son a partir del 01 de mayo.

03- Solicitud

Del 01 de mayo a 30 de junio, sus efectos son a partir del 01 de julio.

04- Solicitud:

Del 01 de julio a 31 de agosto, sus efectos son a partir del 01 de septiembre.

05- Solicitud

Del 01 de septiembre a 31 de octubre, sus efectos son a partir del 01 de noviembre.

06- Solicitud:

Del 01 de noviembre a 31 de diciembre, sus efectos son a partir del 01 de enero del siguiente año.

¿Cómo se comunica la nueva base?

Se deberá realizar por un autorizado RED, ver.

Junto a la nueva base de deberá indicar las previsiones de los nuevos rendimiento, muy importante, si queremos que surta efectos el nuevo cambio en el año en curso, el cambio deberá realizar a más tarde el 31 de octubre.

Prohibición de cambio de base

No obstante lo anterior, existen algunos casos en los que no esta permitido el cambio de base y son:

Primero. Aquellos familiares en alta 90 días en el año natural de la regularización.
En estos casos lo que no se permite es elegir una base provisional inferior a 1.000 euros durante el año 2023, pero se debe ajustar la base provisional a un importe superior si los rendimientos netos previstos fuesen superiores.

Segundo.- Socios de sociedades mercantiles capitalistas y socios de sociedades laborales en alta 90 días en el año natural de la regularización.
Al igual que en anterior, en estos casos lo que no se permite es elegir una base provisional inferior a 1.000 euros durante el año 2023, pero se debe ajustar la base provisional a un importe superior si los rendimientos netos previstos fuesen superiores.

Tercero.- Para las altas fuera de plazo, entre la fecha de alta y el mes en que se solicite, si la solicitud se formula a partir del mes siguiente al de inicio de actividad.

Cuarto.- Altas de oficio. Entre la fecha de alta y el último día del mes natural inmediatamente anterior a la fecha de efectos (excepto altas de la Inspección de Trabajo de la Seguridad Social).

Cómo hemos visto, el ajuste de la base de cotización no es cuestión complicada, si embargo, le aconsejamos dejar este tema en manos de profesionales.

Albert Pulgarín Carrero

Albert Pulgarín Carrero

Letrado ejerciente en Civis Lex Abogados, Estudios realizados en la Universidad de Valencia. Máster en Abogacía. Máster en derecho de la Empresa, asesoría Laboral, Fiscal y Tributario.

En Civis Lex Abogados entendemos que ser específicos y ofrecer la mayor claridad posible  es fundamental para conseguir un servicio eficiente. Con nosotros puedes contratar el servicio de videoconferencia para cualquier consulta, incluso desde el extranjero, en la comodidad de tu hogar o trabajo, si lo deseas puedes reservar ya tu cita:

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